viernes, 5 de diciembre de 2025

EL FACTURADOR GRATUITO DE LA DGII: Conozca el procedimiento correcto paso por paso

 
Con la entrada en vigencia de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica en la República Dominicana, el Facturador Gratuito de la DGII (Dirección General de Impuestos Internos) se ha convertido en una herramienta clave, especialmente para Pequeños Contribuyentes, Personas Físicas y MiPymes que no manejan grandes volúmenes de facturación (límite de 150 facturas al mes).

A continuación, se detalla el proceso completo y actualizado para poder facturar usando el Facturador Gratuito de la DGII, de conformidad con la Ley 32-23 a diciembre de 2025:


Fase 1: Requisitos Preliminares para el Contribuyente

Antes de solicitar el uso del Facturador Gratuito, el contribuyente debe asegurarse de cumplir con los requisitos básicos de la DGII:

  1. Estar Inscrito en el RNC: Ser un contribuyente activo en el Registro Nacional de Contribuyentes.

  2. Tener Acceso a la Oficina Virtual (OFV): Poseer clave de acceso y un dispositivo de seguridad (Token, Tarjeta de Códigos o Token Digital).

  3. Estar Autorizado para Emitir NCF: Contar con la autorización para la emisión de Comprobantes Fiscales (Alta de NCF).

  4. Estar al Día en Obligaciones Tributarias: No tener deudas ni incumplimientos formales con la DGII.

  5. Disponer de un Computador/Dispositivo e Internet: Se requiere un equipo y servicio de internet, ya que el facturador es una plataforma web.

  6. No haber sido autorizado previamente a emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) por un sistema diferente al Facturador Gratuito (Sistema Propio o Proveedor de Servicios de FE).

  7. Facturar un máximo de 150 e-CF por mes.


Fase 2: Obtención del Certificado Digital

El Certificado Digital es indispensable, pues la Ley 32-23 exige que todo e-CF sea firmado digitalmente por el emisor para garantizar su validez e integridad.

  1. Solicitud y Adquisición:

    • Opción DGII (Gratuito): La DGII ofrece un Certificado Digital gratuito para propósitos tributarios a los usuarios del Facturador Gratuito. El proceso de solicitud se realiza generalmente a través de la misma Oficina Virtual una vez autorizado el uso del facturador.

    • Opción Proveedor Autorizado: También puede adquirirlo a través de un proveedor de servicios de confianza autorizado por el INDOTEL (Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones), como la Cámara de Comercio y Producción.

  2. Instalación y Resguardo: Una vez obtenido, el certificado (o los componentes necesarios para su uso) debe ser instalado en el equipo del contribuyente o en el sistema que lo requiera, y la clave privada (contraseña) debe ser resguardada con extremo cuidado.


Fase 3: Solicitud de Uso del Facturador Gratuito

Este es el paso formal para que la DGII le autorice a ser un Emisor Electrónico a través de esta vía.

  1. Acceder a la Oficina Virtual (OFV): Ingrese a la OFV con sus credenciales.

  2. Menú de Solicitudes: Diríjase al menú de "Solicitudes".

  3. Completar Formulario: Seleccione la opción "Solicitud Uso Facturador Gratuito" (Formulario FI-GDF-018).

  4. Envío y Aprobación: Complete y envíe la solicitud. La DGII debe aprobar su solicitud, lo cual le dará las credenciales de acceso al portal del Facturador Gratuito. Recibirá la confirmación a través de su buzón en la OFV.


Fase 4: Uso del Facturador Gratuito y Emisión del e-CF

Una vez autorizado y con el Certificado Digital listo, puede proceder a emitir sus Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF):

Paso 1: Acceso al Portal

  1. Ingreso: Acceda al enlace específico del Facturador Gratuito de Facturación Electrónica (la URL es proporcionada por la DGII, típicamente https://fg.dgii.gov.do/ecf/PortalFG/login).

  2. Credenciales: Digite el RNC/Cédula de la empresa, el RNC/Cédula del Delegado (la persona autorizada a operar) y la Contraseña asignada.

Paso 2: Verificación de Datos y Condiciones

  1. Perfil: Verifique y, si es necesario, actualice los datos de su Perfil dentro del sistema.

  2. Términos y Condiciones: Acepte los Términos y Condiciones de uso del Facturador Gratuito.

Paso 3: Emisión del Comprobante (e-CF)

  1. Iniciar Emisión: Haga clic en "Emitir e-CF" o la opción de "Generar e-CF aquí".

  2. Seleccionar Tipo de e-CF: Elija el tipo de comprobante a emitir (e.g., Factura de Crédito Fiscal Electrónica - Tipo 31, Factura de Consumo Electrónica - Tipo 32, Notas de Crédito/Débito, etc.).

  3. Completar Campos:

    • Identificación del Documento: Seleccione la serie (letra E) y el número consecutivo (e-NCF, asignado automáticamente por el sistema).

    • Datos del Receptor: Ingrese el RNC/Cédula y la razón social del cliente.

    • Detalle de Ítems:

      • Ingrese la Descripción del producto o servicio (obligatorio).

      • Indique si es Bien o Servicio.

      • Coloque la Cantidad y el Precio Unitario.

      • Seleccione la Tasa de ITBIS aplicable (ej. 18%).

    • Cálculo: El sistema calculará automáticamente los montos y el ITBIS.

Paso 4: Revisión, Firma y Envío

  1. Generar y Mostrar: Utilice la opción "Generar y Mostrar" para visualizar un borrador del e-CF (Representación Impresa y XML). Valide que todos los datos sean correctos.

  2. Aceptar y Validar: Si todo es correcto, haga clic en "Aceptar" para permitir el envío del e-CF a la DGII para su validación.

  3. Firmar y Enviar (La Ley 32-23): Esta es la parte crucial. Haga clic en "Firmar y Enviar":

    • El sistema le pedirá seleccionar su Certificado Digital (el que obtuvo en la Fase 2).

    • Deberá ingresar la Clave Privada de su Certificado Digital.

    • Al hacer clic en "Firmar", el e-CF queda sellado digitalmente y es remitido a la DGII de manera instantánea para su validación.

  4. Recepción y Estado: El sistema le mostrará una pantalla de "Consultas" donde podrá verificar el estado del e-CF (Aceptado, Rechazado, etc.) y le asignará automáticamente el e-NCF.


Fase 5: Conservación de Documentos

De acuerdo con la Ley 32-23, el emisor electrónico tiene el deber de conservar los e-CF (tanto emitidos como recibidos) por un período de diez (10) años. Aunque el sistema de la DGII maneja el envío y validación, el contribuyente debe asegurar su almacenamiento seguro y accesible para futuras auditorías.


Plazos de Implementación (Diciembre 2025)

Aunque la Ley 32-23 estableció la obligatoriedad, la implementación se realiza de forma escalonada según el tamaño del contribuyente.

Segmento de ContribuyentePlazo Inicial (Ley 32-23)Prórroga Actualizada (Diciembre 2025)
Grandes Contribuyentes Locales y Medianos15 de mayo de 202515 de noviembre de 2025
Pequeños, Micro y No Clasificados15 de mayo de 202615 de mayo de 2026 (Sin cambios)

Nota Importante: Para aquellos contribuyentes que usan el Facturador Gratuito (generalmente Pequeños, Micro y Personas Físicas), su plazo máximo de obligatoriedad es el 15 de mayo de 2026, a menos que la DGII los haya clasificado en un segmento anterior o que hayan optado por la modalidad voluntaria antes de esa fecha.


Si desea, puedo buscarle el enlace directo al portal del Facturador Gratuito o al instructivo paso a paso de la DGII para mayor detalle.

FUENTE: Gemini Google/Busqueda investigativa de MDJL/Foto de Google