miércoles, 10 de julio de 2024

ACTUALIDAD: Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en RD

MIPYMES/Tomado de DGII

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​De acuerdo con el Artículo No. 4 de la Ley No. 187-17, modificado por la Resolución No. 05-2021, establece una clasificación empresarial para las empresas de acuerdo a la cantidad de trabajadores y las ventas brutas. 

Según dicha Resolución, una persona natural o persona jurídica que realice actividades agropecuarias, industriales, comerciales o de servicio, rural o urbano, se clasificará en: 

1. Microempresa: Si tiene hasta 10 trabajadores; y ventas brutas anuales de hasta nueve millones ciento dieciocho mil novecientos noventa pesos dominicanos con setenta y cuatro centavos (RD$9,118,990.74).  

2. Pequeña Empresa: Si tiene de 11 a 50 trabajadores; y ventas brutas anual de hasta sesenta y un millones quinientos cincuenta y tres mil ciento ochenta y siete pesos dominicanos con cincuenta y un (RD$61,553,187.51).

​3. Mediana Empresa: Si tiene de 51 a 150 trabajadores; y ventas brutas anual de hasta doscientos treinta ​millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos dieciséis pesos dominicanos con veintitrés centavos (RD$230,254,516.23).

RST

RST

Registro al RNC

Registro al RNC

Kit Nuevos Contribuyentes

Kit Nuevos Contribuyentes

Portal Formalízate

Portal Formalízate

Si necesita asesoría sobre sus obligaciones tributarias y las herramientas que tiene a su disposición, se ha diseñado un servicio de asistencia especializada para PYMES, en el Centro de Asistencia al Contribuyente en la Sede Central de la Av. México #48, Gascue; a través del cual se asiste de manera personalizada a los pequeños y medianos empresarios en todo lo referente a: 

¿Cómo registrar su negocio según su actividad comercial o económica?

Impuestos que le corresponden como contribuyente y fechas límites de presentación de pago. 

Uso de las herramientas disponibles en la Oficina Virtual. 

Orientación sobre los NCF y formatos de envío de datos. 

¿Cómo evitar pagar recargos e intereses?

¿Qué hacer al momento de recibir notificaciones tributarias?

​Otros temas de su interés. 

¿Por qué debe formalizarse como contribuyente ante la DGII?

Si realiza actividades económicas que generan obligaciones o responsabilidades tributarias en el territorio dominicano, para poder iniciar sus operaciones debe formalizarse como contribuyente ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII); independientemente de que sea una persona física (que realiza estas actividades de manera particular) o como negocio o empresa.

Ventajas que obtienen las MIPYMES al formalizarse como contribuyentes

Pila de elementos de maderaformando una escalera

Además de cumplir la Ley, aportando al desarrollo del país a través del pago de sus impuestos, la formalización también permite a las MIPYMES: 

1. Obtener financiamientos y créditos de instituciones financieras formales. 

2. Participar en los diferentes programas de apoyo a las MIPYMES.

3. Participar en concursos públicos para ser proveedor de bienes o servicios al Estado.

4. Diseñar, fabricar y comercializar sus propios productos (marca registrada, patentes, diseños industriales, entre otros).

5. Exportar sus productos y aprovechar los acuerdos internacionales.

6. Obtener y emitir facturas con Número de Comprobante Fiscal. 

Actividades que generan obligaciones tributarias

Compra y venta de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles.

Importación o exportación de bienes, directamente o a través de terceros.

Explotación de terrenos para fines agrícolas y/o ganaderas.

Arrendamientos a terceros.

Transacciones en entidades bancarias o financieras del país o del exterior.

Prestación o adquisición de servicios, alquileres o arrendamientos, sujetos o no al pago del ITBIS.

Contratación de personal para el desempeño de cualquier actividad de la sociedad o entidad.

Cualquier otra actividad de lícito comercio o servicio.

Cálculo del Impuesto por Constitución de Compañías

Haga clic en la sección Servicios, seleccione la opción Calculadora y luego Constitución de Compañías.

Digite el monto del Capital Social Autorizado.​

El sistema le mostrará el impuesto a pagar.

Indique la Cédula/RNC del solicitante y luego pulse Verificar RNC.

Pulse Confirmar y el sistema le mostrará la autorización de pago correspondiente.