Registro de Empresas con sus establecimientos. Debe registrarse dentro de los primeros quince (15) días del inicio de sus actividades. Este registro debe realizarse en enero de cada año.
A quién va dirigido
Es para uso exclusivo del Sector Empleador Nacional.
Servicio ofrecido por el Dirección General de Trabajo / Soporte Sirla , Ministerio de Trabajo.
Tel.: 809-535-4404 ext. 3018 / 3506 / 3050 / 3051 y 3052 . | Correo: sirla.info@mt.gob.do .
Requerimientos o requisitos
Los empleadores deben inscribir el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), cédula de identidad o número de pasaporte y crear una contraseña para luego proceder a completar los datos de la Empresa, el Establecimiento y registrar los trabajadores.
Adquirir la compra del Formulario en la División de Tesorería en cualquiera de las Representaciones Locales del Ministerio de Trabajo o mediante Recarga Electrónica con su tarjeta de crédito o débito.
Para validar el registro, el empleador debe introducir los datos del formulario adquirido el cual está compuesto de un PIN con número de recibo y código de aprobación.
Procedimientos a seguir
Cualquier duda, aclaración o preguntas puede llamar a la central telefónica para obtener la asistencia de un representante. INSTRUCTIVO FORMULARIO DGT-3 https://ovi.mt.gob.do/sirla/catalogos/instructivo/ INSTRUCTIVO FORMULARIO DGT-4 https://ovi.mt.gob.do
Horario de prestación
De Lunes a Viernes , de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.m.
Costo
RD$150 por cada página de 25 empleados
Tiempo de realización
30 min. dependiendo del tiempo que le tome al usuario completar las informaciones de registro. hora(s) laborables.