lunes, 22 de septiembre de 2025

EXCELENTE TRABAJO! Proceso de Auditoría Fiscal en la República Dominicana y Recursos Administrativos


El proceso de auditoría fiscal en la República Dominicana es un procedimiento realizado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para verificar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias. El objetivo es comprobar la exactitud de las declaraciones presentadas y el pago de los impuestos correspondientes.

Fases del Proceso de Auditoría

El proceso de auditoría fiscal se divide en varias fases, desde la notificación inicial hasta la resolución final.

1. Notificación y Requerimiento de Información

La DGII inicia el proceso mediante una comunicación oficial (carta, acto de alguacil) al contribuyente, informándole de la apertura de la auditoría.

En esta notificación se especifica el tipo de auditoría (por ejemplo, Impuesto sobre la Renta, ITBIS), el período fiscal a auditar y el nombre del auditor a cargo.

Se solicita al contribuyente una serie de documentos e informaciones para el inicio del proceso (estados financieros, libros contables, facturas de compra y venta, contratos, etc.). El contribuyente tiene un plazo de 10 días laborables para entregar la información, a menos que la DGII otorgue una prórroga.

2. Ejecución de la Auditoría

El auditor designado analiza y contrasta la información suministrada por el contribuyente con las declaraciones presentadas.

Se verifica la coherencia de los datos contables y financieros. Por ejemplo, se revisa que los ingresos declarados coincidan con las ventas reportadas, que los costos y gastos estén debidamente soportados con facturas con NCF (Número de Comprobante Fiscal) y que se cumplan las normativas de deducción.

La DGII puede realizar cruce de información con otras entidades, como la Dirección General de Aduanas o bancos, para validar la veracidad de los datos del contribuyente.

3. Comunicación de Hallazgos y Acta de Determinación

Si el auditor encuentra inconsistencias, errores o incumplimientos, elabora un Acta de Determinación de Reparaciones.

En este documento se detallan los ajustes propuestos por la DGII, la base legal en la que se sustentan y el monto de los impuestos, recargos e intereses a pagar.

El contribuyente recibe esta acta y tiene un plazo de 20 días hábiles para responder, ya sea aceptando los ajustes o presentando sus argumentos para rebatirlos.

4. Etapa de Discusión y Conclusión

En esta fase, el contribuyente puede presentar sus descargos y pruebas adicionales para refutar los hallazgos de la auditoría.

La DGII puede aceptar total o parcialmente los argumentos del contribuyente, lo que podría resultar en una reducción o eliminación de los ajustes propuestos.

Si no se llega a un acuerdo o el contribuyente no responde en el plazo establecido, la DGII emite una Acta de Determinación Final donde se notifica la decisión de liquidar el monto ajustado. Este monto, al no ser una decisión firme, puede ser objeto de recursos administrativos.

Auditoría Fiscal Inteligente 

La auditoría fiscal inteligente es un proceso de fiscalización llevado a cabo por la administración tributaria que utiliza análisis de datos, inteligencia artificial (IA) y herramientas tecnológicas avanzadas para identificar y seleccionar contribuyentes con un alto riesgo de evasión fiscal. Este enfoque permite a las autoridades ser más eficientes en sus fiscalizaciones, enfocándose en los casos más probables de incumplimiento y reduciendo la carga de auditorías a los contribuyentes que cumplen.

Proceso de Auditoría Fiscal Inteligente en República Dominicana

En la República Dominicana, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) utiliza un proceso de auditoría que combina elementos de inteligencia fiscal con métodos tradicionales. Aunque el término "inteligencia fiscal" ha cobrado mayor relevancia en los últimos años, la DGII ha incorporado tecnologías y análisis de datos para optimizar sus procesos de control. A continuación, se presenta un esquema general de cómo podría llevarse a cabo este proceso paso a paso:

Recopilación y análisis de datos: 

La DGII recopila una gran cantidad de información de diversas fuentes, incluyendo las declaraciones juradas de impuestos, facturas electrónicas (e-CF), transacciones bancarias, importaciones/exportaciones, reportes de terceros (bancos, otras entidades gubernamentales), y redes sociales. Estos datos se integran en una base de datos centralizada.

Modelos de riesgo y perfilamiento:

Utilizando algoritmos de machine learning e IA, la DGII analiza los datos para identificar patrones de comportamiento que sugieren un posible incumplimiento fiscal. Por ejemplo, pueden buscar:

Discrepancias entre los ingresos declarados y los gastos reportados por proveedores.

Variaciones anormales en las ventas de un mes a otro.

Empresas con un alto volumen de transacciones en efectivo.

Relación de compras y ventas de un mismo producto o servicio entre empresas relacionadas, a precios de transferencia que sugieran una elusión fiscal.

Con base en este análisis, se asigna un puntaje de riesgo a cada contribuyente, lo que permite a la DGII priorizar sus auditorías.

Selección y notificación de contribuyentes:

Una vez que el sistema de riesgo ha identificado a los contribuyentes con mayor probabilidad de evasión, la DGII procede a su selección. Se emite una notificación de fiscalización que puede ser de varios tipos:

Fiscalización presencial: 

Un auditor se presenta en el domicilio del contribuyente para revisar los libros contables, facturas y otros documentos.

Fiscalización por requerimiento: 

Se le pide al contribuyente que presente una serie de documentos en la oficina de la DGII.

Fiscalización electrónica: 

Se solicitan los documentos de forma digital.

Ejecución de la auditoría:

El auditor fiscal, armado con la información y las discrepancias detectadas por el sistema de inteligencia, lleva a cabo una revisión exhaustiva. El sistema de inteligencia fiscal actúa como una guía, enfocando la auditoría en las áreas de mayor riesgo. El auditor puede confirmar o descartar las alertas generadas por el sistema.

Determinación y sanciones:

Si la auditoría confirma que ha habido evasión o elusión fiscal, la DGII emite una determinación de deuda tributaria, que incluye el monto de los impuestos no pagados, los recargos e intereses moratorios. También se pueden aplicar sanciones pecuniarias (multas). Si el caso es de alta gravedad, puede derivar en un proceso judicial.

Retroalimentación y mejora del modelo:

La información obtenida de las auditorías exitosas se utiliza para perfeccionar los modelos de riesgo y hacerlos aún más precisos. Esto crea un ciclo de mejora continua, donde el sistema aprende de cada caso para ser más eficiente en el 

Recursos Administrativos en la República Dominicana

Los recursos administrativos son los mecanismos legales que tienen los contribuyentes para impugnar las decisiones de la DGII. Estos recursos están establecidos en el Código Tributario de la República Dominicana (Ley 11-92) y su reglamento.

1. Recurso de Reconsideración

Es el primer recurso administrativo que se presenta ante la misma autoridad que emitió la resolución, en este caso, la Administración Local de la DGII.

El contribuyente debe interponerlo en un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación del acto que se impugna (la liquidación o determinación final).

Se deben exponer los argumentos y pruebas que demuestren el error o la ilegalidad del acto. La Administración Local tiene 30 días para emitir su decisión.

2. Recurso Jerárquico

Este recurso se utiliza cuando el Recurso de Reconsideración ha sido denegado o no se ha obtenido una respuesta en el plazo establecido.

Se interpone ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en un plazo de 15 días hábiles luego de la notificación de la decisión del Recurso de Reconsideración.

La DGII tiene 30 días para emitir su decisión, la cual se considera la vía administrativa agotada.

3. Recurso Contencioso-Tributario

Cuando el contribuyente agota la vía administrativa (es decir, la DGII rechaza el Recurso Jerárquico), puede acudir al Tribunal Superior Administrativo (TSA) para impugnar la decisión.

Este es un recurso judicial y se interpone en un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación de la resolución de la DGII que rechaza el recurso jerárquico.

El tribunal revisa el caso, evalúa las pruebas y argumentos de ambas partes y emite una sentencia. Esta sentencia puede ser apelada ante la Suprema Corte de Justicia si la parte perdedora no está de acuerdo con la decisión.

FUENTE: Tomado de Gemini Google/Busqueda investigativa de MDJL/Fotos de Google