jueves, 8 de enero de 2026

EL FACTURADOR GRATUITO DE LA DGII para la Facturación Electrónica Ley 32-23, actualizado a enero 2026; conozca todo el proceso

 


Esta es una guía exhaustiva y actualizada a enero de 2026 sobre el Facturador Gratuito de Facturación Electrónica de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en la República Dominicana.1


1. ¿En qué consiste el Facturador Gratuito?

El Facturador Gratuito es una herramienta web desarrollada por la DGII para facilitar el cumplimiento de la Ley No.2 32-23 de Facturación Electrónica.3 Está diseñada específicamente para contribuyentes de bajo volumen de transacciones (Pymes y profesionales liberales) que no poseen un software contable propio o no pueden costear un desarrollo tecnológico complejo.4

Su función principal es permitir la emisión y recepción de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) de forma legal, segura y sin costo de licencia, conectándose directamente con los servidores de la DGII para su validación en tiempo real.5


2. Principales Características

  • Sin Costo de Software: No requiere inversión en licencias ni mantenimiento de sistemas.

  • Acceso Web: Se utiliza a través de la oficina virtual (OFV), por lo que no requiere instalación en el computador.

  • Validación en Tiempo Real: Los comprobantes se autorizan al instante por la DGII.6

  • Almacenamiento: La DGII resguarda los e-CF emitidos, aunque el contribuyente sigue siendo responsable de conservar su archivo digital por el periodo de prescripción (10 años).

  • Estandarización: Utiliza el formato XML estándar exigido por la normativa dominicana.

  • Multidispositivo: Compatible con navegadores modernos en computadoras y tablets.


3. Requisitos para Optar por el Facturador Gratuito

Para ser autorizado como emisor electrónico bajo esta modalidad, el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:

  1. Registro Nacional de Contribuyentes (RNC):7 Estar inscrito y con datos actualizados.8

  2. Estado Tributario al Día: No tener omisiones ni deudas pendientes de pago (Estar "Al Día").

  3. Firma Digital: Poseer un Certificado de Firma Digital para Tributación (persona física o jurídica) vigente, emitido por una entidad certificadora autorizada (como Avansi o la Cámara de Comercio).9

  4. Solicitud de Autorización: Completar el formulario de solicitud para ser emisor electrónico a través de la Oficina Virtual.10

  5. Aprobación de la DGII: Haber pasado satisfactoriamente el proceso de cumplimiento de requisitos técnicos mínimos (aunque en el facturador gratuito este proceso es simplificado).


4. Instructivo y Paso a Paso para el Uso

Paso 1: Registro y Activación

Una vez autorizado como emisor electrónico, ingrese a la Oficina Virtual (OFV) de la DGII con su RNC y clave.11 En el menú de "Facturación Electrónica", seleccione la opción para habilitar el Facturador Gratuito.12

Paso 2: Configuración Inicial

Antes de emitir su primera factura, debe configurar:

  • Logo de la empresa: Para que aparezca en la Representación Impresa (RI).

  • Sucursales y Puntos de Emisión: Definir desde dónde se factura.

  • Catálogo de Productos/Servicios: Registrar los ítems que vende con sus respectivos impuestos (ITBIS, ISC, etc.).

Paso 3: Emisión de un e-CF (Facturación)

  1. Vaya a la sección "Emisión de e-CF".

  2. Seleccione el tipo de comprobante: (ej. Factura de Crédito Fiscal Electrónica - Tipo 31).13

  3. Datos del Receptor: Digite el RNC del cliente. El sistema suele precargar el nombre.

  4. Agregar Ítems: Seleccione los productos de su catálogo o escríbalos manualmente, indicando cantidad y precio.

  5. Revisión: Verifique montos e impuestos calculados.

Paso 4: Firma y Envío

Al hacer clic en "Firmar y Enviar", el sistema utiliza su certificado digital para sellar el documento. En milisegundos, el archivo viaja a la DGII, se valida y retorna con un TrackId (número de aprobación).

Paso 5: Entrega al Cliente

  • Si el cliente es emisor electrónico: Recibirá el XML automáticamente.

  • Si el cliente NO es emisor electrónico: Usted puede descargar la Representación Impresa (PDF) para enviársela por correo electrónico o imprimirla.


5. Consideraciones Importantes (Actualizado 2026)

Nota sobre el Calendario de Implementación: > A enero de 2026, la mayoría de los "Grandes Contribuyentes" y "Medianos" ya deben estar emitiendo electrónicamente de forma obligatoria. Los contribuyentes pequeños deben verificar su fecha límite según el calendario de la DGII para evitar sanciones.

AspectoDetalle
Formato de ArchivoEl documento legal es el XML, no el PDF.
ContingenciaSi no hay internet, se debe seguir el procedimiento de contingencia definido por la DGII (emisión manual y posterior envío).
Notas de CréditoSe emiten igual que una factura (e-CF tipo 34) para anular o modificar operaciones.