domingo, 7 de julio de 2024

ITBIS: forma de aplicar la proporcionalidad

Tomado de la DGII
El cálculo de la proporcionalidad del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) consiste en determinar la proporción del impuesto que un contribuyente se puede deducir del ITBIS que haya adelantado en la importación o adquisición de bienes o servicios gravados utilizados en la generación de operaciones gravadas y exentas para un periodo determinado.

En estos casos, el porcentaje del ITBIS que el contribuyente se puede adelantar se obtendrá al dividir el monto de las operaciones gravadas sobre el total de las operaciones del período.

Ej.: una empresa que se dedique a la venta de bienes gravados y exentos (refrescos y agua) y contrate un servicio de publicidad que está gravado con el ITBIS, no puede adelantarse la totalidad del ITBIS pagado en la adquisición de este servicio, ya que no puede discriminar que parte de la publicidad corresponde a los bienes exentos y que parte a los bienes gravados. Por lo que debe determinar qué porcentaje puede deducirse.

Servicio de publicidad: 10,000

ITBIS pagado en publicidad: 1,800

Ventas del período 100,000

Ventas exentas 40,000

Ventas gravadas 60,000

Cálculo de la proporcionalidad = ventas gravadas/ventas totales

60,000/100,000= 0.60

ITBIS a deducirse: 1800 *0.60=  1,080.00

ITBIS no admitido: 1800*0.40=  720.00

Consideraciones Importantes:

La casilla  "Porcentaje de Proporcionalidad no admitido” del anexo A debe ser completada en decimales no en porcentaje.

Las operaciones exentas por destino (exportaciones, así como ventas a zonas francas y empresas acogidas a regímenes especiales) deben incluirse en el total de operaciones gravadas para el cálculo del porcentaje de proporcionalidad.

En caso de requerir más detalles, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.