El cierre contable y fiscal al 31 de diciembre en la República Dominicana 🇩🇴, especialmente para las sociedades con un período fiscal que coincide con el año calendario, es un proceso riguroso. A continuación, se describen los pasos principales a seguir:
1. Trabajo Contable (Cierre Preliminar)
El objetivo de esta fase es depurar y ajustar todas las cuentas para reflejar la imagen fiel de la situación financiera de la empresa al cierre del ejercicio.
A. Conciliación y Revisión de Cuentas
Conciliación Bancaria: Asegurar que el saldo contable de las cuentas bancarias coincida con el saldo del estado de cuenta al 31 de diciembre.
Cuentas por Cobrar y por Pagar: Analizar la antigüedad de saldos y conciliar con los auxiliares. Identificar posibles cuentas incobrables para la provisión.
Inventarios: Realizar el conteo físico de existencias y conciliarlo con el inventario contable. Registrar los ajustes por diferencias y obsolescencia.
Activos Fijos: Revisar el registro de todos los activos, asegurando que estén correctamente capitalizados.
Pasivos y Provisiones: Confirmar la existencia y monto de todas las deudas, incluyendo impuestos, salarios pendientes, y beneficios sociales (como la cesantía).
B. Asientos de Ajuste y Regularización
Depreciación y Amortización: Calcular y registrar la depreciación de los activos fijos y la amortización de los activos intangibles, utilizando las tasas fiscales permitidas por la DGII (Dirección General de Impuestos Internos).
Ajustes por Periodificación: Registrar los gastos e ingresos anticipados o diferidos para imputarlos correctamente al período que corresponde (e.g., seguros pagados por adelantado).
Provisión para Cuentas Incobrables: Realizar la provisión de las cuentas por cobrar que se consideren de difícil cobro, según la política contable y los límites fiscales.
Cuentas de Ingresos y Gastos: Trasladar los saldos de todas las cuentas de Ingresos (Grupo 4), Costos (Grupo 5) y Gastos (Grupo 6) a la cuenta de Pérdidas y Ganancias para determinar la utilidad o pérdida contable del ejercicio.
los asientos contables de cierre al final del periodo contable. Estos asientos son esenciales para preparar las cuentas para el próximo ejercicio, siguiendo prácticas contables internacionales aplicables en la República Dominicana (NIC/NIIF).
Proceso de Cierre Contable
El cierre contable se realiza generalmente en dos fases principales:
Asientos de Regularización (o Cierre de Cuentas Nominales/Temporales): Se saldan las cuentas de resultados (Ingresos, Costos y Gastos) contra una cuenta transitoria llamada Pérdidas y Ganancias o Resultado del Ejercicio. Esto determina la utilidad o pérdida neta del periodo.
Asiento de Cierre (Cierre de Cuentas Reales/Permanentes): Se saldan las cuentas de balance (Activo, Pasivo y Patrimonio) para comenzar el nuevo periodo solo con los saldos de estas cuentas.
1. Asientos de Regularización (Cuentas Nominales)
El objetivo es dejar todas las cuentas de Ingresos, Costos y Gastos con saldo cero.
1. Cierre de Cuentas de Ingresos
Las cuentas de Ingresos tienen saldo acreedor. Para cerrarlas, se debitan por su saldo total y se acredita la cuenta transitoria Resultado del Ejercicio (o Pérdidas y Ganancias).
| Cuenta | Debe | Haber |
| Ingresos por Ventas (Cta. 4) | $X$ | |
| Otros Ingresos (Cta. 4) | $Y$ | |
| Resultado del Ejercicio (o P. y G.) | $X + Y$ | |
| Para registrar el cierre de las cuentas de ingresos. |
2. Cierre de Cuentas de Costos y Gastos
Las cuentas de Costos y Gastos tienen saldo deudor. Para cerrarlas, se acreditan por su saldo total y se debita la cuenta transitoria Resultado del Ejercicio.
| Cuenta | Debe | Haber |
| Resultado del Ejercicio (o P. y G.) | $A + B + C$ | |
| Costo de Ventas (Cta. 6) | $A$ | |
| Gastos Operacionales (Cta. 6) | $B$ | |
| Gastos Financieros (Cta. 6) | $C$ | |
| Para registrar el cierre de las cuentas de costos y gastos. |
3. Determinación y Cierre del Resultado del Ejercicio
La cuenta Resultado del Ejercicio ahora tiene un saldo que representa la utilidad o pérdida antes de impuestos.
Utilidad Neta: Si el saldo de Resultado del Ejercicio es Acreedor (Ingresos > Gastos).
Pérdida Neta: Si el saldo de Resultado del Ejercicio es Deudor (Gastos > Ingresos).
Este resultado, luego de aplicar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) si aplica, se traslada a la cuenta de Patrimonio (Utilidades Retenidas o Resultado Acumulado).
Ejemplo de Cierre de Utilidad Neta (antes de impuestos y reserva legal, si aplica):
| Cuenta | Debe | Haber |
| Resultado del Ejercicio (o P. y G.) | $Z$ | |
| Utilidades Retenidas / Resultado del Periodo (Cta. 3) | $Z$ | |
| Para trasladar la utilidad neta al Patrimonio. |
C. Determinación de la Renta Neta Imponible y Provisión de ISR
Ajustes Fiscales: Partiendo de la utilidad contable, se realizan los ajustes para determinar la Renta Neta Imponible (RNI). Esto incluye:
Adiciones Fiscales: Sumar los gastos que son contables pero no deducibles fiscalmente (e.g., gastos por encima de límites establecidos, multas, ciertos donativos).
Deducciones Fiscales: Restar rubros que son deducibles fiscalmente pero no se registraron como gasto contable (ej. pérdidas fiscales de años anteriores, si aplica).
Cálculo del ISR: Aplicar la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a la RNI para obtener el impuesto a pagar. En el caso de sociedades, la tasa aplicable es del 27%.
Asiento de Provisión de ISR: Registrar el gasto por el ISR determinado.
D. Cierre Definitivo
Estados Financieros: Elaborar los Estados Financieros definitivos: Estado de Situación (Balance General), Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Estado de Flujo de Efectivo.
2. Trabajo Fiscal y Declaraciones
Esta fase se enfoca en cumplir con las obligaciones tributarias ante la DGII, utilizando la información depurada en el cierre contable.
A. Declaración Jurada Anual de Sociedades (IR-2)
Esta es la declaración principal que determina el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto sobre Activos.
Plazo de Presentación: Se presenta a más tardar 120 días después de la fecha de cierre fiscal (normalmente, el 30 de abril del año siguiente para el cierre de diciembre).
Formulario: IR-2 - Declaración Jurada de Sociedades.
Anexos Requeridos (y su secuencia): Antes de enviar el IR-2, se deben remitir sus anexos en el orden requerido por la Oficina Virtual de la DGII. Los más comunes son:
A - Conciliación de la Renta Neta: Detalla las adiciones y deducciones para llegar de la Renta Contable a la Renta Neta Imponible.
B - Declaración Detallada de Ingresos, Costos y Gastos: Desglosa las cuentas de resultados. Existen sub-anexos (B1, B2, B3, B4) según el tipo de actividad.
C - Determinación del Impuesto Sobre la Renta: Contiene el cálculo del ISR a pagar y los saldos a compensar.
D - Detalle del Balance General y del Patrimonio: Presenta los valores de los activos, pasivos y patrimonio.
E - Resumen de Retenciones en la Fuente: Consolidado de las retenciones realizadas y/o aplicadas.
B. Impuesto sobre Activos (ACT)
Se determina en el mismo proceso del IR-2.
Tasa: 1% sobre el valor total de los activos, ajustado por inflación, después de deducir depreciación acumulada y ciertas inversiones.
Cruce Fiscal: El monto pagado por el ISR se toma como crédito contra el Impuesto sobre Activos. Solo se pagará el Impuesto sobre Activos si este es mayor que el ISR.
C. Envío de Formatos de Envío de Datos (60X)
Aunque se envían mensualmente, es crucial que las cifras finales del año coincidan con los anexos del IR-2.
606 (Compras de Bienes y Servicios): Crucial para validar costos y gastos.
607 (Ventas de Bienes y Servicios): Crucial para validar ingresos.
608 (Comprobantes Anulados): Para justificar NCF cancelados.
609 (Pagos al Exterior): Si aplican.
IR-17 (Retenciones de Asalariados y a Terceros): Las retenciones anuales (sueldos y terceros) deben coincidir con lo reportado en los anexos.
D. Otras Declaraciones Relevantes (Dependiendo del Contribuyente)
| Declaración | Descripción | Frecuencia/Plazo |
| IT-1 | Declaración del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) | Mensual (a más tardar el día 20 del mes siguiente). |
| IR-3 | Retenciones de Asalariados (incluye Bonificaciones Anuales y Regalía Pascual) | Mensual (a más tardar el día 10 del mes siguiente). |
| Declaración del Patrimonio | Si aplica (para personas físicas o sociedades con ciertas características). | Anual. |
Resumen y Consideraciones Finales
El cierre al 31 de diciembre es la culminación del trabajo de todo el año, garantizando que la información contable y fiscal esté alineada. Es vital considerar las resoluciones informativas de la DGII que se emiten a finales de año (como la que ajusta los multiplicadores por inflación y las exenciones contributivas para el ejercicio 2025) para el cálculo correcto de la Renta Neta Imponible y el Impuesto sobre Activos.
FUENTE: Gemini Google/Busqueda investigativa de MDJL/Foto de Google
