Solicitado a Gemini y revisado por Mayobanex De Jesús Laurens
1. Concepto de Auditoría Fiscal desde la DGII
La Auditoría Fiscal (o Fiscalización Tributaria) conducida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) es el conjunto de actuaciones administrativas, técnicas y legales orientadas a verificar la veracidad, exactitud y oportunidad con que los contribuyentes cumplen sus obligaciones tributarias principales (pago de tributos) y formales (presentación de declaraciones, envío de datos, mantenimiento de registros contables y emisión de comprobantes).
Desde la perspectiva de la Administración Tributaria dominicana, la auditoría fiscal constituye una herramienta de control posterior para investigar, fiscalizar y determinar la obligación tributaria sobre base cierta o sobre base presunta cuando se identifican discrepancias o indicios de evasión, elusión o fraude tributario.
2. Marco Normativo de la Auditoría Fiscal
El sustento jurídico de las actuaciones de fiscalización de la DGII comprende normas sustantivas, procedimentales y sectoriales:
┌───────────────────────────────┐
│ Constitución de la R.D. │
│ (Principio de Legalidad) │
└──────────────┬────────────────┘
│
┌──────────────▼────────────────┐
│ Código Tributario (Ley 11-92)│
│ Modificado por Ley 32-23 y │
│ reformas posteriores │
└──────────────┬────────────────┘
│
┌──────────────▼────────────────┐
│ Ley 107-13 (Derechos de los │
│ Ciudadanos y Adm. Pública) │
└──────────────┬────────────────┘
│
┌────────────────────────────┴────────
▼ ▼
┌───────────────────────────────┐ ┌
│ Decretos Reglamentarios │ │ Normas Generales de la DGII │
│ - Reg. 139-98 (ISR) │ │ - Norma 06-14 / 07-14 │
│ - Reg. 254-06 (NCF) │ │ - Norma 05-2014 (Domicilio) │
│ - Reg. 293-11 (ITBIS) │ │ - Res. de Facturación E. │
└───────────────────────────────┘ └───────
Disposiciones Clave del Código Tributario (Ley 11-92)
Facultad de Determinación (Arts. 44 y 45): Otorga a la DGII el poder legal para establecer la existencia y cuantía de la deuda tributaria.
Facultad de Fiscalización (Arts. 44 y 49): Faculta a la administración para inspeccionar libros, exigir la presentación de documentos, interrogar a contribuyentes o terceros y requerir auditorías de campo o de escritorio.
Deberes Formales y Colaboración (Arts. 50 y 68): Obliga a los contribuyentes a conservar libros, comprobantes y registros digitales, así como a permitir la entrada de inspectores a los establecimientos.
Prescripción Tributaria (Arts. 21, 22 y 23): Define el plazo general de prescripción (3 años) y las causales de interrupción o suspensión (comprobación de omisión, notificaciones de fiscalización, recursos o evasión).
Ley 107-13: Regula los derechos de las personas en sus relaciones con la administración pública, imponiendo a la DGII el respeto al debido proceso, la motivación de los actos administrativos y el derecho a la defensa.
3. Plan de Auditoría Fiscal de la DGII
El enfoque operativo de auditoría de la DGII se basa en un esquema de Gestión Integral de Riesgos de Cumplimiento (GIRC), estructurado para maximizar el cobro preventivo y enfocar los recursos de campo en los segmentos de mayor riesgo fiscal.
┌──────────────────────────────────────────
│ Matriz de Riesgo Tributario (GIRC) │
└──────────────────────┬───────────────────
│
┌────────────────────────────────┼─────────────
▼ ▼ ▼
┌──────────────┐ ┌──────────────┐ ┌───
│ Alto Riesgo │ │ Medio Riesgo │ │ Bajo Riesgo │
├──────────────┤ ├──────────────┤ ├───
│Auditoría de │ │Revisiones de │ │Fiscalización │
│Campo / In- │ │Escritorio y │ │Preventiva y │
│profundis │ │Inconsistencia│ │Scoring │
└──────────────┘ └──────────────┘ └───
Tipos de Auditorías Ejecutadas
Fiscalización Externa o de Campo (Auditoría Profunda): Inspección presencial e integral de los registros físicos y sistemas contables por uno o varios ejercicios.
Fiscalización de Escritorio (Auditoría Digital):
Verificación remota basada en inconsistencias cruzadas en tiempo real mediante cruces informáticos de datos. Puntos Fijos y Controles Móviles: Verificaciones presenciales para validar la emisión en vivo de e-CF/NCF y el cuadre de inventarios.
Sectoriales Especificas: Auditorías masivas enfocadas en sectores con alta tasa de informalidad o brecha de ITBIS/ISR (comercio masivo, construcción, servicios profesionales, sector inmobiliario).
4. Ecosistema Tecnológico de Fiscalización
El proceso de auditoría fiscal descansa sobre una infraestructura analítica y digital integrada:
| Herramienta / Sistema | Función en la Auditoría Fiscal |
| Factura Electrónica (e-CF - Ley 32-23) | Recepción, validación y cruce automático de transacciones comerciales en tiempo real. Permite detectar omisiones de ventas e ITBIS en cuestión de horas. |
| Plataforma Big Data y Scoring Tributario | Sistema automatizado que otorga una puntuación de riesgo a cada contribuyente analizando brechas en las dimensiones de Registro, Declaración, Envíos y Pago. |
| Formatos de Envío de Datos (606, 607, 608, 609, 623) | Motores de cruce masivo que contrastan lo reportado por los compradores versus lo declarado por los vendedores. |
| Oficina Virtual (OFV) y Domicilio Fiscal Virtual | Plataforma legal de notificación e intercambio de requerimientos y notificaciones con el contribuyente. |
| Módulo de Auditoría Computada (ACL / IDEAS) | Software de extracción de base de datos contables utilizado por los auditores para aplicar pruebas algorítmicas sobre la totalidad de asientos de diario del contribuyente. |
5. Procedimiento de la Auditoría Fiscal Paso a Paso
Fase I: Selección, Planeación e Inicio
Identificación y Selección: El sistema analítico emite una alerta por inconsistencias o el contribuyente es seleccionado por el Plan Anual de Auditoría según su matriz de riesgo.
Emisión de la Orden de Fiscalización: Transmisión de la orden formal firmada por la autoridad competente indicando el alcance (impuestos y períodos a auditar) y la nómina de auditores asignados.
Notificación: Notificación legal mediante el Domicilio Fiscal Virtual o de forma presencial en el domicilio social del contribuyente.
Requerimiento Inicial de Información: Notificación del anexo de documentos requeridos (Libros Diarios, Mayores, Estados Financieros, Conciliaciones Bancarias, Comprobantes de Gastos, Registros e-CF, etc.).
Fase II: Ejecución y Pruebas de Auditoría
Reunión de Apertura: Presentación formal de los auditores y levantamiento de un acta de inicio.
Evaluación del Control Interno: Verificación del sistema de emisión de e-CF, catálogo de cuentas, módulos de facturación e inventario.
Pruebas Sustantivas y Cruces de Información:
Reconciliación del ITBIS declarado en la DDJJ (IT-1) frente a los reportes 607 e ingresos contabilizados.
Análisis de compras e importaciones deducidas en el IT-1 frente al reporte 606 y la Declaración Única Aduanera (DUA).
Verificación de costos y gastos deducibles en el ISR (IR-2) con la existencia real del comprobante fiscal (e-CF) y el cumplimiento de las retenciones (IR-17, ISR asalariados/TSS).
Verificación del Principio de Causalidad e Invariabilidad del Costo.
Levantamiento de Inconsistencias: Confección del borrador de hallazgos y notificación de requerimientos adicionales de aclaración.
Fase III: Resultados, Contradictorio y Cierre
Emisión de la Acta de Cierre de Requerimientos: Documento que fija la fecha final de entrega de evidencia por parte del contribuyente.
Elaboración del Formato de Borrador de Inconsistencias (Notificación de Cierre de Auditoría): Exposición de los ajustes preliminares de la administración.
Derecho al Contradictorio (Respuesta a Inconsistencias): Plazo otorgado al contribuyente para depositar sus alegatos, pruebas suplementarias y descargos.
Emisión y Notificación de la Reconsideración de Oficio o Determinación de la Obligación Tributaria (Resolución de Determinación): Acto administrativo formal que fija la deuda tributaria (impuesto omitido, recargos indemnizatorios y multas) o declara conforme la fiscalización.
Vías de Recurso: Si no acepta la Determinación, el contribuyente puede interponer un Recurso de Reconsideración ante la propia DGII (Art. 57 del Código Tributario) y, posteriormente, acudir al Tribunal Superior Administrativo (TSA).
6. Estructura del Informe de Auditoría Fiscal
El informe formal expedido por la DGII estructurado para sustentar la Determinación de Oficio sigue el siguiente esquema reglamentario:
┌──────────────────────────────────────────────────
│ DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS │
│ GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA │
│ │
│ INFORME FINAL DE RESULTADOS DE AUDITORÍA FISCAL │
│ NÚMERO DE EXPEDIENTE: AUD-2026-08-00452 │
└──────────────────────────────────────────────────
1. DATOS GENERALES DEL CONTRIBUYENTE
• Razón Social / Nombre: [Nombre de la Entidad]
• RNC: [101-XXXXX-X]
• Período Auditado: Período Fiscal 2025 (Enero - Diciembre 2025)
• Impuestos Examinados: ISR (IR-2), ITBIS (IT-1), Retenciones (IR-17)
2. ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN
• Definición de los objetivos específicos y base legal aplicada.
• Procedimientos analíticos de auditoría ejecutados sobre los datos.
3. EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO Y CUMPLIMIENTO FORMAL
• Análisis del uso del e-CF, envío de formatos 606 y 607 y validez de registros.
4. HALLAZGOS Y DETALLE DE LOS AJUSTES DETERMINADOS
• Inconsistencias en Ventas (Ingresos Omitidos).
• Gastos No Deducibles (Comprobantes no válidos, falta de retención).
• Créditos Proporcionados de ITBIS Indebidos.
• Cuadro comparativo: Declarado vs. Auditado vs. Diferencia.
5. BASE LEGAL DE LOS AJUSTES APLICADOS
• Fundamentación artículo por artículo conforme al Código Tributario y Resoluciones.
6. LIQUIDACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA
• Impuesto Omitido + Recargos por Mora (Art. 252) + Interés Indemnizador (Art. 27).
7. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
• Dictamen técnico firmado por el Auditor Supervisor y el Encargado del Departamento.
7. Caso Práctico Integral de Auditoría Fiscal
Perfil del Contribuyente
Razón Social: Comercializadora Dominicana de Equipos, SRL
RNC:
1-31-99887-5 Sector: Comercio al por mayor de maquinarias y equipos informáticos
Período Auditado: Ejercicio Fiscal 2025 (1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025)
Impuestos Auditados:
Impuesto sobre la Renta (IR-2)
Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (IT-1)
Impuesto sobre Retenciones Varias (IR-17)
Desarrollo de las Inconsistencias Detectadas por la DGII
Inconsistencia 1: Omisión de Ingresos por Ventas no Facturadas mediante e-CF
Hallazgo:
Del cruce entre los ingresos reportados en la Declaración Jurada IR-2 (RD$ 120,000,000.00) y los depósitos bancarios junto al reporte de e-CF (comprobantes electrónicos tipo 31 y 32), la DGII detectó depósitos operativos de clientes no justificados por RD$ 8,000,000.00. Base Legal: Artículos 268 y 338 del Código Tributario.
Ajuste:
Base de Ingresos no declarada para ISR: RD$ 8,000,000.00
Base Gravable para ITBIS (tasa 18%): RD$ 8,000,000.00
Inconsistencia 2: Gastos Rechazados por Comprobantes Inválidos o no Sustentados
Hallazgo:
En la revisión del reporte 606 y la muestra física de costos y gastos, se determinó: Facturas de servicios de asesoría por RD$ 2,500,000.00 emitidas por proveedores cuya RNC figuraba en estado de Suspensión de Operaciones.
Gastos de representación y viáticos por RD$ 1,500,000.00 sin Comprobante Fiscal válido (sin NCF/e-CF).
Base Legal: Art.
287 del Código Tributario (Requisitos de deducibilidad) y Decreto 254-06. Ajuste en ISR: Adición a la renta neta gravable por RD$ 4,000,000.00.
Inconsistencia 3: ITBIS Adelantado Improcedente
Hallazgo:
La empresa se adelantó ITBIS procedente de compras sustentadas en comprobantes invalidados (mencionados en la inconsistencia 2) por un monto de RD$ 450,000.00 ($RD\$ 2,500,000.00 \times 18\%$).
Duplicidad en el cómputo de ITBIS adelantado en el Anexo A del IT-1 por un valor de RD$ 250,000.00.
Base Legal: Artículos 346 y 347 del Código Tributario.
Ajuste en ITBIS: Impuesto indebidamente adelantado a reintegrar = RD$ 700,000.00.
Inconsistencia 4: Omisión de Retenciones del Impuesto sobre la Renta (IR-17)
Hallazgo:
La empresa pagó honorarios a personas físicas por valor de RD$ 1,000,000.00 y aplicó una retención del 10% que fue cobrada pero no pagada a la DGII en el formulario IR-17. Adicionalmente, realizó pagos al exterior por asistencia técnica por RD$ 3,000,000.00 sin efectuar la retención del 27% (Pagos al Exterior). Base Legal: Artículos 305 y 309 del Código Tributario.
Ajuste en Retenciones:
Retención a Personas Físicas (10% de 1,000,000): RD$ 100,000.00
Retención Pagos al Exterior (27% de 3,000,000): RD$ 810,000.00
Total Retenciones Omitidas: RD$ 910,000.00
Cuadro Resumen de Reliquidación de Impuestos Omitidos
A) Impuesto Sobre la Renta (IR-2) - Año 2025
| Concepto | Declarado (RD$) | Ajuste DGII (RD$) | Auditado (RD$) |
| Ingresos Brutos | 120,000,000.00 | +8,000,000.00 | 128,000,000.00 |
| Costos y Gastos Deducibles | (105,000,000.00) | -4,000,000.00 (Rechazados) | (101,000,000.00) |
| Renta Neta Imponible | 15,000,000.00 | +12,000,000.00 | 27,000,000.00 |
| ISR Determinado (27%) | 4,050,000.00 | — | 7,290,000.00 |
| Impuesto Pagado/Declarado | (4,050,000.00) | — | (4,050,000.00) |
| DIFERENCIA IMPUESTO OMITIDO ISR | — | — | RD$ 3,240,000.00 |
B) Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) - Período 2025
| Concepto | Declarado (RD$) | Ajuste DGII (RD$) | Auditado (RD$) |
| ITBIS Cobrado en Ventas (18%) | 21,600,000.00 | +1,440,000.00 | 23,040,000.00 |
| ITBIS Deducible/Adelantado | (18,000,000.00) | -700,000.00 (Rechazado) | (17,300,000.00) |
| ITBIS a Pagar | 3,600,000.00 | — | 5,740,000.00 |
| ITBIS Pagado durante el año | (3,600,000.00) | — | (3,600,000.00) |
| DIFERENCIA IMPUESTO OMITIDO ITBIS | — | — | RD$ 2,140,000.00 |
C) Retenciones Varias (IR-17)
| Concepto | Calculado por la DGII (RD$) |
| Retenciones Asesores Personas Físicas (10%) | 100,000.00 |
| Retenciones Pagos al Exterior (27%) | 810,000.00 |
| DIFERENCIA IMPUESTO OMITIDO IR-17 | RD$ 910,000.00 |
Cómputo de Sanciones y Recargos
De acuerdo con el Artículo 252 (Recargo por Mora: 10% el primer mes o fracción y 4% acumulativo por cada mes subsiguiente) y Artículo 27 (Interés Indemnizador: 1.10% mensual), asumiendo un promedio de mora de 8 meses para la fecha del informe:
Mora calculada acumulada (Aprox.): 38%
Interés Indemnizador acumulado (Aprox.): 8.8%
Total Recargos Financieros Aplicables: ~46.8% sobre el impuesto omitido.
| Impuesto | Impuesto Omitido (RD$) | Recargos e Intereses (46.8%) (RD$) | Total a Pagar (RD$) |
| ISR (IR-2) | 3,240,000.00 | 1,516,320.00 | 4,756,320.00 |
| ITBIS (IT-1) | 2,140,000.00 | 1,001,520.00 | 3,141,520.00 |
| Retenciones (IR-17) | 910,000.00 | 425,880.00 | 1,335,880.00 |
| TOTALES | RD$ 6,290,000.00 | RD$ 2,943,720.00 | RD$ 9,233,720.00 |
Modelo Oficial del Informe Final de Resultados
DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII)
SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
GERENCIA DE GRANDES Y MEDIANOS CONTRIBUYENTES
INFORME FINAL DE AUDITORÍA TRIBUTARIA No. INF-AUD-2026-08-089
A: COMERCIALIZADORA DOMINICANA DE EQUIPOS, SRL
RNC: 1-31-99887-5
ATENCIÓN: CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN / GERENCIA GENERAL
FECHA: 28 DE AGOSTO DE 2026
ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS DE AUDITORÍA FISCAL DE OFICIO
(EJERCICIO FISCAL 2025)
1. OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
La Dirección General de Impuestos Internos, en uso de las facultades conferidas por los
Artículos 44, 45 y 49 del Código Tributario de la República Dominicana (Ley 11-92), ha
concluido el proceso de fiscalización externa correspondiente al ejercicio fiscal finalizado
el 31 de diciembre de 2025.
2. RESUMEN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
La fiscalización incluyó la revisión analítica de los estados financieros, reconciliaciones
bancarias, libros contables obligatorios, declaraciones juradas (IR-2, IT-1, IR-17), el cruce de
información mediante la plataforma e-CF (Facturación Electrónica), reportes de datos (606,
607) y las verificaciones físicas de soporte de las operaciones comerciales del contribuyente.
3. DETALLE DE HALLAZGOS Y AJUSTES TRIBUTARIOS
Como resultado de la fiscalización, se determinaron las siguientes diferencias de impuestos:
a) Impuesto Sobre la Renta (IR-2):
- Adición a ingresos por depósitos bancarios no justificados por RD$ 8,000,000.00.
- Rechazo de costos y gastos por RD$ 4,000,000.00 debido a falta de comprobante valido y
comprobantes expedidos por RNC invalidados.
- Determinación de Impuesto Omitido ISR: RD$ 3,240,000.00.
b) Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS):
- ITBIS omitido en ventas no declaradas: RD$ 1,440,000.00.
- Rechazo de adelantamientos de ITBIS no sustentados y acreditaciones dobles: RD$ 700,000.00.
- Determinación de Impuesto Omitido ITBIS: RD$ 2,140,000.00.
c) Retenciones Varias (IR-17):
- Omisión de retenciones de ISR por servicios de asesoría a Personas Físicas y Pagos al
Exterior por Asistencia Técnica: RD$ 910,000.00.
4. LIQUIDACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA
La deuda tributaria total a la fecha de la emisión de este informe, incluyendo los recargos
por mora y los intereses indemnizadores computados según lo dispuesto en los Artículos
27 y 252 del Código Tributario, asciende al monto total de:
- Total Impuesto Principal Omitido: ......... RD$ 6,290,000.00
- Recargos por Mora e Intereses: ........... RD$ 2,943,720.00
------------------------------------------------------------------
- MONTO TOTAL A PAGAR: ...................... RD$ 9,233,720.00
(Nueve millones doscientos treinta y tres mil setecientos veinte pesos con 00/100)
5. PLAZO Y VÍAS DE RECURSO
Se le concede al contribuyente un plazo no prorrogable de treinta (30) días contados
a partir de la fecha de recepción de la presente notificación formal para:
a) Aceptar la liquidación y efectuar el pago correspondiente a través del formulario de
pago oficial en la Oficina Virtual de la DGII.
b) Interponer formal Recurso de Reconsideración ante la Dirección General de Impuestos
Internos conforme al Artículo 57 del Código Tributario, aportando las pruebas documentales
que sustenten sus pretensiones.
FIRMAS AUTORIZADAS:
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Auditor Fiscal Encargado Supervisor de Auditoría
Gerencia de Fiscalización Gerencia de Fiscalización
DGII - República Dominicana DGII - República Dominicana
