lunes, 29 de septiembre de 2025

NIIF PARA PYMES SECCION 29: Impuesto a las Ganancias. Conozca todo lo relacionado con esa norma contable


NIIF para Pymes Sección 29: Impuestos a las Ganancias 

La NIIF para Pymes Sección 29: Impuestos a las Ganancias establece los principios para la contabilización de los impuestos a las ganancias en los estados financieros de una pequeña y mediana empresa (Pyme). El objetivo principal es que una entidad reconozca las consecuencias fiscales, presentes y futuras, de las transacciones y otros eventos que ha registrado en sus estados financieros. Esta sección es crucial para reflejar una imagen fiel del desempeño financiero de una empresa.

Reconocimiento y Medición de los Impuestos

Los impuestos a las ganancias se reconocen en dos categorías principales: impuesto corriente y impuesto diferido.

Impuesto Corriente

El impuesto corriente se refiere a los impuestos a pagar (o recuperar) relacionados con la ganancia o pérdida fiscal del período actual o de períodos anteriores. La base de cálculo es la ganancia o pérdida fiscal, determinada según las reglas de las autoridades tributarias, que pueden diferir de la ganancia contable.

¿Cómo se mide? Se mide usando los tipos impositivos que han sido aprobados o sustancialmente aprobados en la fecha de presentación de los estados financieros. Cualquier impuesto pendiente de períodos anteriores se incluye en esta medición.

Impuesto Diferido

El impuesto diferido surge por las diferencias temporarias entre la base fiscal de un activo o pasivo y su importe en libros en los estados financieros. Estas diferencias son el corazón de la contabilidad de los impuestos diferidos, ya que representan la reversión de esos efectos fiscales en períodos futuros.

Activos por Impuestos Diferidos: Representan la posibilidad de recuperar impuestos en el futuro. Surgen cuando una diferencia temporaria imponible (un impuesto que se pagó de más o que se pagará de menos en el futuro) se traduce en una menor carga fiscal en los próximos períodos.

Pasivos por Impuestos Diferidos: Representan la obligación de pagar más impuestos en el futuro. Surgen cuando una diferencia temporaria deducible (un impuesto que se pagará de menos ahora pero más en el futuro) se traduce en una mayor carga fiscal en los próximos períodos.

¿Cómo se identifican las diferencias temporarias? Se identifican comparando el importe en libros de un activo o pasivo con su base fiscal.

Base Fiscal de un Activo: Es la cantidad que será deducible a efectos fiscales de los beneficios económicos que la entidad obtendrá en el futuro. Si esos beneficios no tributan, la base fiscal es igual al importe en libros.

Base Fiscal de un Pasivo: Es su importe en libros menos cualquier cantidad que sea deducible a efectos fiscales en el futuro.

¿Cómo se mide el impuesto diferido? Se mide usando el tipo impositivo que se espera aplicar al activo o pasivo en el período en el que se realice o se liquide, respectivamente.

Presentación y Revelación en los Estados Financieros

La NIIF para Pymes Sección 29 exige que la entidad presente tanto el gasto (o ingreso) por impuesto corriente como el diferido como parte del gasto por impuestos a las ganancias en el estado de resultado integral.

Presentación en el Estado de Situación Financiera

Activos por impuestos diferidos y pasivos por impuestos diferidos deben clasificarse como no corrientes, independientemente de la fecha de su reversión. Esto simplifica la presentación y evita la complejidad de la clasificación a corto y largo plazo.

Revelación en las Notas a los Estados Financieros

La revelación en las notas es fundamental para la transparencia. Una Pyme debe revelar:

Componentes del gasto (o ingreso) por impuestos: El gasto de impuestos corriente y el diferido.

Relación entre el gasto fiscal y la ganancia contable: Esto se puede hacer mediante una conciliación numérica entre el gasto fiscal teórico (ganancia contable multiplicada por la tasa fiscal aplicable) y el gasto fiscal real.

Importe de los impuestos diferidos reconocidos en otros resultados integrales.

Importe de los activos y pasivos por impuestos diferidos no reconocidos (por ejemplo, por la falta de ganancias fiscales futuras).

Explicación de las tasas fiscales aplicadas.

Principios Clave y Simplificaciones de la NIIF para Pymes

A diferencia de la NIIF completa (NIC 12), la Sección 29 para Pymes tiene simplificaciones importantes para reducir la carga contable:

No se requiere el uso del método del balance detallado para identificar diferencias temporarias, permitiendo un enfoque más simple.

No se contabilizan los impuestos diferidos relacionados con plusvalía (goodwill).

No se reconocen activos por impuestos diferidos por pérdidas fiscales o créditos fiscales no utilizados, a menos que se espere que se recuperen en el futuro.

La medición del impuesto diferido se simplifica al no requerir el cálculo de los efectos del descuento o la inflación.

Ejemplos Prácticos

Ejemplo de Impuesto Corriente:

Una Pyme tiene una ganancia contable de $100,000. Sin embargo, por regulaciones fiscales, algunos gastos (como multas) no son deducibles. Si los gastos no deducibles son $5,000, la ganancia fiscal es $105,000. Si la tasa impositiva es del 25%, el impuesto corriente es de $26,250 ($105,000 * 25%).

Ejemplo de Impuesto Diferido:

Una empresa compró una máquina por $50,000. Contablemente, la deprecia en 5 años (depreciación lineal de $10,000 por año). Fiscalmente, se permite una depreciación acelerada de $15,000 el primer año.

Año 1:

Importe en libros: $50,000 - $10,000 = $40,000

Base fiscal: $50,000 - $15,000 = $35,000

Diferencia temporaria: $40,000 (importe en libros) - $35,000 (base fiscal) = $5,000. Como el importe en libros es mayor que la base fiscal, se crea un pasivo por impuestos diferidos (deuda futura). Si la tasa es del 25%, el pasivo diferido es de $1,250 ($5,000 * 25%).

Años 2, 3, 4 y 5:

La diferencia temporaria se revertirá. La depreciación fiscal será menor que la contable, lo que generará activos por impuestos diferidos (beneficios futuros) hasta que el pasivo se extinga completamente.

Importancia de la Sección 29 

El correcto entendimiento y aplicación de la Sección 29 es vital para:

Reflejar la realidad económica: Asegura que los estados financieros no solo muestren los impuestos pagados hoy, sino también las implicaciones fiscales de las decisiones tomadas en el presente.

Transparencia: Permite a los usuarios de los estados financieros (dueños, inversionistas, bancos) comprender el impacto real de los impuestos en la rentabilidad de la empresa.

Cumplimiento normativo: Es una exigencia de la NIIF para Pymes, cuyo incumplimiento puede generar salvedades en los informes de auditoría y sanciones.

Esta sección, aunque simplificada, exige un análisis cuidadoso de las diferencias entre las normas contables y las fiscales para garantizar que la información financiera sea precisa y útil. Es un pilar fundamental para la transparencia fiscal en el mundo de las pequeñas y medianas empresas.