Una auditoría al Impuesto a los Activos (ISA) en la República Dominicana —regido por los Artículos 401 al 407 del Código Tributario (Ley 11-92), la Norma General No.
Con base en la normativa fiscal y los plazos vigentes a noviembre de 2026, a continuación se detalla el marco operativo, metodológico y procesal de una auditoría al Impuesto a los Activos (tanto de origen interno/preventivo como por fiscalización directa de la Dirección General de Impuestos Internos - DGII).
1. Marco Jurídico y Aspectos Clave de Liquidación (Base Legal)
Tasa Impositiva: 1% anual sobre el valor total de los activos imponibles del contribuyente.
Mecanismo de Compensación (Art. 404): El valor liquidado por Impuesto a los Activos funciona como pago a cuenta o crédito contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del mismo ejercicio. Si el ISR liquidado es igual o mayor al Impuesto a los Activos, la obligación queda extinguida. Si el Impuesto a los Activos excede al ISR, la empresa paga la diferencia.
Liquidación y Cuotas: Se determina conjuntamente con la Declaración Jurada IR-2. El pago se realiza en dos cuotas iguales de 50%:
1ª Cuota:
Junto con la fecha límite de presentación del IR-2 (120 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal). 2ª Cuota:
Seis (6) meses después del vencimiento de la primera cuota.
2. Estructura de la Base Imponible (Determinación de Activos Imponibles)
La auditoría revisa detenidamente cómo el auditor o la DGII clasifica las cuentas del Estado de Situación Financiera:
A. Activos Incluidos en la Base Imponible
Propiedades, Planta y Equipo (Depreciables): Valor en libros al cierre, neto de la depreciación acumulada aceptada fiscalmente.
Inmuebles Urbanos y Edificaciones (No exentos): Valor registrado o valor de tasación del catastro según Ley 150-14 (el mayor).
Construcciones en Proceso (si la empresa ya está en fase operativa).
Mejoras en Arrendamiento.
B. Activos Excluidos Explícitamente por Ley (Art. 402 del Código Tributario)
Efectivo y Bancos.
Inventarios y Mercancías en Tránsito.
Cuentas por Cobrar a Clientes
(menos reserva para cuentas incobrables autorizada por Ley). Cuentas por Cobrar a Funcionarios, Accionistas y Empleados.
Inversiones en Acciones en otras sociedades domiciliadas en RD (para evitar la doble imposición).
Terrenos Rurales y Terrenos destinados a explotaciones agropecuarias.
Impuestos Pagados por Adelantado y Anticipos.
Activos Intangibles.
3. Fases del Proceso Operativo de Auditoría (Paso a Paso)
| Fase | Acciones y Procedimientos Clave | Entregables / Hitos |
| Fase 1: Notificación e Inicio | • Recepción de la Orden de Fiscalización (si es auditoría DGII) o Carta de Encargo (auditoría externa). • Entrega de requerimientos: Estados Financieros auditados, Anexo del IR-2 sobre Activos (ACT), Auxiliares de Propiedad, Planta y Equipo, y Certificados Catastrales. | Acta de Requerimiento de Documentos. |
| Fase 2: Conciliación Financiera y Fiscal | • Conciliar el saldo de la balanza de comprobación vs. los datos reportados en la Declaración Jurada IR-2. • Verificar la depreciación acumulada fiscal aplicando la Categoría 1, 2 y 3 (Art. 287). • Identificar si hubo revaluaciones financieras no reconocidas fiscalmente. | Papel de Trabajo: Conciliación de Activos Financieros vs. Imponibles. |
| Fase 3: Pruebas Sustantivas y de Cumplimiento | • Prueba de Exclusiones: Verificar que las cuentas excluidas (Cuentas por cobrar, Efectivo, Acciones) no contengan activos gravados reclasificados. • Prueba de Inmuebles: Cruzar los registros de inmuebles con los Certificados del IPI emitidos por la DGII. • Prueba de Adquisiciones: Confirmar que las altas del período cumplan con la Facturación Electrónica (e-CF). | Informe de Hallazgos y Ajustes de Auditoría. |
| Fase 4: Verificación de Exenciones Especiales | • Confirmar si la entidad solicitó o aplica exenciones temporales por inversiones de capital intensivo (proyectos con fase de instalación > 1 año) o pérdidas por fuerza mayor (Art. 406). • Revisar la Resolución formal emitida por la DGII autorizando la exclusión de dichos activos. | Constancia de exención aprobada por DGII. |
| Fase 5: Cierre e Impugnación (DGII) | • Emisión del Acta de Hallazgos o Borrador de Ajustes. • Plazo de respuesta / Acta de Aceptación o Descargo. • Emisión de la Resolución Determinativa si existen inconsistencias no subsanadas. | Resolución Determinativa o Acta de Descargo. |
4. Puntos Críticos de Riesgo y Hallazgos Comunes
Clasificación Incorrecta de Inventarios vs. Activos Fijos: Transferencias no sustentadas de activos a la cuenta de inventario para forzar la exclusión del impuesto.
Cuentas Intercompany y Préstamos a Filiales: Cuentas por cobrar a empresas vinculadas o del exterior presentadas erróneamente como excluibles sin sustentar su naturaleza tributaria.
Omisión de Inmuebles o Discrepancia en Tasación: No declarar inmuebles al valor catastral cuando este supera el valor en libros registrado en la contabilidad.
Construcciones en Proceso Indebidamente Excluidas: Mantener obras en progreso por más tiempo del periodo real de instalación sin contar con la resolución de exención aprobada de la DGII.
Incumplimiento de Facturación Electrónica en Adquisiciones: Adquisiciones de activos fijos durante 2025-2026 sustentadas en comprobantes de proveedores no certificados bajo el esquema e-CF, perdiendo la validez fiscal para respaldar el costo fiscal del activo.
5. Marco Penalidades, Mora y Mecanismos de Regularización 2026
En caso de detectarse omitidos o subdeterminaciones de la base imponible durante la auditoría, aplican las siguientes sanciones y remedios normativos:
Interés Indemnizador: 1.10% mensual acumulativo por cada mes o fracción de mes de mora.
Recargo por Mora:
Régimen de mora reducido según las modificaciones de la Ley 30-26: tasa de sanción por mora del 3% mensual (máximo acumulado tope de hasta el 100% de la deuda). Descuentos por Pronto Pago y Regularización (Ley 30-26 / Circular 03-2026):
90% de descuento en recargos moratorios:
Si la empresa rectifica sus declaraciones de manera voluntaria sin requerimiento previo de la DGII. 70% de descuento en recargos moratorios:
Si el contribuyente acepta los hallazgos en la fase inicial de la auditoría o fiscalización de la DGII. Amnistía Fiscal (Ley 30-26, vigente hasta 31/12/2026): Aplica para regularizar deudas fiscales en procesos impugnados mediante recursos administrativos o judiciales activos al cierre del período de amnistía.
6. Procedimiento de Defensa Ante Fiscalizaciones de la DGII
Si la auditoría es practicada por la DGII y culmina con una Resolución Determinativa desfavorable:
Recurso de Reconsideración (Vía Administrativa):
Debe interponerse dentro de los 20 días naturales posteriores a la notificación de la Resolución Determinativa ante la misma DGII. Su interposición suspende la obligación inmediata de pago. La DGII dispone de 90 días naturales para dar respuesta. Recurso Contencioso Tributario (Vía Judicial):
Si el Recurso de Reconsideración es rechazado (o por silencio administrativo), el contribuyente dispone de 30 días hábiles para elevar el caso ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA).
