El ciclo contable fiscal en la República Dominicana
El ciclo contable fiscal en la República Dominicana es el proceso que debe seguir una entidad (sociedad jurídica) para registrar, procesar y declarar todas sus operaciones económicas ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Este ciclo, que generalmente dura un año fiscal, se divide en varias etapas clave, desde el registro inicial de transacciones hasta la presentación de las declaraciones juradas y el pago de impuestos.
1. Registro inicial de operaciones
El primer paso es registrar todas las transacciones financieras diarias de la empresa. Esto incluye ventas, compras, gastos, ingresos, etc. Se utilizan libros contables como el diario general, el mayor general y los libros auxiliares. Cada transacción debe estar respaldada por un documento válido (facturas, recibos, contratos). Este registro se lleva a cabo de forma manual o, más comúnmente, a través de un sistema de contabilidad computarizado.
2. Preparación y envío de formatos de la DGII (606, 607, 608)
Al final de cada mes, la entidad debe preparar y enviar a la DGII los formatos de envío de datos. Estos formatos son esenciales para validar las operaciones y el crédito fiscal.
Formato de compras (606): Se reportan todas las compras de bienes y servicios, así como los gastos con crédito fiscal pagados durante el mes.
Formato de ventas (607): Se detallan todas las ventas de bienes y servicios realizadas durante el mes.
Formato de anulaciones (608): Se utiliza para reportar las facturas (comprobantes fiscales) que han sido anuladas.
Estos formatos deben ser enviados electrónicamente a través de la Oficina Virtual de la DGII.
3. Declaraciones mensuales de IT-1 e IR-17
Mensualmente, las empresas deben declarar y pagar el Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Declaración IT-1: Se presenta a más tardar el día 20 de cada mes (o el siguiente día hábil si cae en fin de semana o feriado). En esta declaración se reportan las ventas y compras del mes anterior. Se calcula el ITBIS a pagar (ITBIS cobrado en ventas - ITBIS pagado en compras).
Declaración IR-17: Se presenta a más tardar el día 10 de cada mes (o el siguiente día hábil si cae en fin de semana o feriado). En esta declaración se reportan y pagan las retenciones del ISR a empleados (IR-3) y a terceros (IR-17).
4. Declaración de las retenciones IR-3 (Abono a salario)
La declaración del IR-3 se realiza mensualmente dentro del formato IR-17 y detalla las retenciones de ISR realizadas a los salarios de los empleados. La empresa es responsable de retener este impuesto y pagarlo a la DGII. El cálculo se basa en la tabla de retenciones de la DGII, que varía según el nivel de ingresos del empleado.
5. Cierre anual y preparación de la declaración del IR-2
Al final del año fiscal, se realiza el cierre de los libros contables. Se ajustan las cuentas, se realizan las depreciaciones de activos fijos y se calcula el resultado final (ganancia o pérdida). Con esta información, se prepara la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta para Sociedades (IR-2).
Declaración IR-2: Se presenta a más tardar 120 días después del cierre del período fiscal. En esta declaración se reportan los ingresos brutos, los costos, los gastos deducibles y se determina la renta neta imponible. Sobre esta renta, se calcula el Impuesto sobre la Renta a pagar, que en la República Dominicana es del 27%.
6. Anexos del IR-2 e Impuesto a los activos
A continuación, se describen los anexos del Formulario IR-2 (Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta para Personas Jurídicas) en la República Dominicana, tal como se aplican para el período fiscal 2025. Es importante tener en cuenta que la DGII (Dirección General de Impuestos Internos) puede realizar ajustes o actualizaciones en los formularios, por lo que siempre es recomendable consultar la versión más reciente en su portal oficial.
El llenado de los anexos del IR-2 es un paso previo y obligatorio para poder completar la declaración principal, ya que los valores de los anexos se trasladan automáticamente al formulario principal.
Anexos principales del IR-2 para entidades comerciales (Personas Jurídicas):
Anexo A-1: Presentación del Balance General o Estado de Situación (Empresas Comerciales)
Este anexo es crucial, ya que presenta la situación financiera de la empresa al cierre del período fiscal. Incluye información detallada sobre:
Activos: Efectivo y equivalentes, cuentas por cobrar, inventarios, activos fijos (terrenos, edificios, equipos, etc.), activos intangibles y otros activos.
Pasivos: Cuentas por pagar, préstamos, provisiones, y otras obligaciones.
Patrimonio: Capital social, reservas, utilidades acumuladas y resultados del período.
Anexo B-1: Presentación del Estado de Resultados (Empresas Comerciales)
Este anexo desglosa los ingresos, costos y gastos de la empresa durante el ejercicio fiscal, lo cual es fundamental para determinar la renta neta imponible. Contiene secciones para:
Ingresos: Ingresos por ventas de bienes y servicios, ingresos financieros, extraordinarios, etc.
Costos de ventas: Detalle de los costos directos de los productos o servicios vendidos.
Gastos de Operación: Gastos de personal (sueldos, seguridad social, etc.), gastos de servicios, gastos de depreciación y amortización, gastos financieros y otros gastos.
Anexo D: Cálculo de la Depreciación de los Activos y Determinación del Costo de Venta (Empresas Manufactureras y de Comercialización)
Este anexo es vital para las empresas que poseen activos depreciables y/o manejan inventarios. Se divide en varias secciones:
Anexo D-1: Activos Categoría 1 (Edificaciones): Detalla el valor de las edificaciones, las adiciones, los retiros y el cálculo de la depreciación fiscal para este tipo de activos.
Anexo D-2: Remisión del Ajuste Fiscal durante el período: Es utilizado para determinar el ajuste fiscal por inflación, que puede ser aplicado a ciertos activos y pasivos.
Anexo H-1 y H-2: Identificación del Beneficiario Final
Estos anexos son utilizados para cumplir con las regulaciones de transparencia. En ellos, la empresa debe identificar a las personas físicas que, de manera directa o indirecta, controlan o se benefician de la sociedad.
Otros anexos relevantes que pueden ser requeridos:
Anexo G: Cálculo de Ajustes Fiscales
En este anexo se detallan los ajustes positivos y negativos que se deben realizar al resultado contable para llegar al resultado fiscal, de acuerdo con la Ley y el Reglamento de Impuesto Sobre la Renta. Incluye ajustes por gastos no admitidos fiscalmente o ingresos no gravados.
Anexo J: Datos Informativos
Este anexo resume la información enviada a través de los formatos de envío de datos (607 para ventas y 606 para compras), sirviendo como una conciliación de la información declarada.
Formulario de Liquidación de Impuesto a los Activos (ACT)
Aunque es un formulario separado, su presentación se realiza conjuntamente con el IR-2. Se utiliza para liquidar el 1% del Impuesto a los Activos, el cual debe ser pagado por las personas jurídicas sobre el valor de sus activos totales. El cálculo de este impuesto es clave para determinar si es mayor o menor que el Impuesto Sobre la Renta.
El Ciclo Contable y Fiscal utilizando la Facturación Electrónica Ley 32-23
El ciclo contable y fiscal en la República Dominicana, incluyendo la facturación electrónica bajo la Ley 32-23, se compone de una serie de pasos que aseguran el registro, la presentación y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
1. Ciclo Contable
El ciclo contable es un proceso que se repite en cada período fiscal (generalmente un año) y consta de los siguientes pasos:
Apertura del período contable: Se inicia con los saldos finales del período anterior, que se convierten en los saldos iniciales del nuevo período.
Registro de transacciones: Se registran todas las operaciones del negocio en los libros contables, como compras, ventas, pagos y cobros, utilizando Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF). La Ley 32-23 establece que estos comprobantes tienen la misma validez que los comprobantes fiscales tradicionales.
Ajustes: Se realizan ajustes al final del período para corregir o actualizar las cuentas. Por ejemplo, depreciación de activos fijos, provisiones, y salarios pendientes de pago.
Cierre de cuentas: Se cierran las cuentas de ingresos y gastos para determinar el resultado del ejercicio (ganancia o pérdida).
Elaboración de estados financieros: Se preparan los estados financieros principales, como el Estado de Situación Financiera (Balance General) y el Estado de Resultados (Estado de Ganancias y Pérdidas), que reflejan la situación económica y financiera de la empresa.
2. Ciclo Fiscal
El ciclo fiscal está ligado al ciclo contable y se centra en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Los pasos son:
Emisión y recepción de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF): Todas las transacciones de ventas y compras de bienes y servicios se documentan con e-CF. La Ley 32-23 obliga a ciertos contribuyentes a la emisión de estos comprobantes, que se envían a la DGII en tiempo real o en plazos establecidos. Esto permite una mayor trazabilidad y control fiscal.
Preparación de declaraciones juradas: Con la información de los registros contables y los e-CF, se preparan las declaraciones de impuestos correspondientes, como:
Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS): Se calcula el ITBIS a pagar (ITBIS cobrado menos ITBIS pagado) y se presenta la declaración IR-2, utilizando los datos de los e-CF emitidos y recibidos.
Retenciones de impuestos: Se calculan y retienen los impuestos sobre la renta a empleados y otros proveedores, y se declaran a la DGII.
Pago de impuestos: Se realiza el pago de los impuestos determinados en las declaraciones juradas dentro de los plazos establecidos por la DGII.
Declaración jurada anual de Impuesto Sobre la Renta (ISR): Se prepara la declaración anual del ISR (formulario IR-2 para sociedades e IR-1 para personas físicas), utilizando el resultado del ejercicio contable y los ajustes fiscales correspondientes.
La implementación de la facturación electrónica bajo la Ley 32-23 ha simplificado y automatizado gran parte de estos procesos, ya que la información de los e-CF se transmite directamente a la DGII, facilitando la validación y el cálculo de los impuestos. Esto reduce los errores y la evasión fiscal.
FUENTE: Gemini Google/Busqueda Investigativa de MDJL/