Aquí están los registros contables (asientos de diario) fundamentales para el capital (patrimonio) bajo la NIIF para Pymes (Sección 22), aplicados a los principales tipos de sociedades en la República Dominicana según la Ley No. 479-08y sus modificaciones, actualizados a octubre de 2025.
El principio central de la Sección 22 de la NIIF para Pymes es que el patrimonio es el interés residual en los activos de la entidad después de deducir todos sus pasivos (). Los registros contables se enfocan en los cambios dentro de ese patrimonio.
Cuentas Principales de Patrimonio
Las cuentas clave del patrimonio (capital contable) que se utilizan en la RD son:
Capital Social: Representa los aportes de los propietarios. En las SA/SAS se denomina "Capital Suscrito y Pagado"; en las SRL se usa "Capital Social".
Reservas: Apartados de las utilidades. La más importante en RD es la Reserva Legal (obligatoria por Ley 479-08).
Resultados Acumulados: Ganancias o pérdidas de ejercicios anteriores que no se han distribuido.
Resultados del Ejercicio: La utilidad o pérdida neta del período actual.
Registros Contables Clave (Asientos de Diario)
A continuación, se presentan los asientos contables para las transacciones más comunes que afectan el capital.
1. Aporte de Capital (Emisión de Acciones o Cuotas)
Cuando los socios o accionistas realizan sus aportes (en dinero o en especie). La NIIF para Pymes exige que se mida al valor razonable de los activos recibidos.
A. Aporte en Efectivo (Muy común en SRL, SA, SAS, EIRL): Registro al recibir el dinero:
B. Aporte en Especie (Ej. un Vehículo o Edificio): Registro al recibir el activo, medido a valor razonable:
2. Registro de la Utilidad (o Pérdida) del Ejercicio
Al cierre del período contable, el resultado neto (ganancia o pérdida) se transfiere al patrimonio.
A. Si hubo Utilidad (Ganancia): Asiento de cierre de cuentas de resultados:
B. Si hubo Pérdida: Asiento de cierre de cuentas de resultados:
3. Creación de la Reserva Legal (Específico de RD)
La Ley 479-08 obliga a todas las sociedades (SA, SAS, SRL, EIRL) a destinar un 5% de las utilidades netas de cada ejercicio para crear una Reserva Legal, hasta que esta alcance el 10% del capital social.
Este asiento se realiza después de la aprobación de los estados financieros por la asamblea de socios/accionistas.
Asiento para traspasar el 5% de la utilidad a la reserva:
(*Nota: Usualmente se debita de "Resultados Acumulados" una vez que la utilidad del ejercicio anterior se ha traspasado a esa cuenta).
4. Declaración de Dividendos
Cuando la asamblea aprueba distribuir ganancias a los socios/accionistas. En este momento (la declaración), nace una obligación (un pasivo) para la empresa, según la NIIF para Pymes.
Asiento al momento de la declaración (no del pago):
5. Pago de Dividendos
Cuando la empresa finalmente paga en efectivo los dividendos que había declarado.
Asiento al momento del pago:
Diferencias Clave según el Tipo de Sociedad (RD)
Si bien los asientos contables anteriores son casi idénticos, la terminología legal y los límites de la reserva cambian ligeramente:
